El Senado de la República aprobó este jueves la Ley Olimpia para castigar con penas de hasta nueve años de prisión la violencia digital y mediática, además de combatir el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en contra de mujeres en plataformas de Internet o redes sociales.
Se impondrá pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización a quien:
Videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización.
Además, el mínimo y el máximo de dicha sanción se incrementará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.